Como consecuencia de las condiciones en las que se están desarrollando la circulación en las carreteras afectadas por la reciente precipitación meteorológica DANA en la Comunidad Valenciana, y con objeto de minimizar el impacto sobre el sector del transporte, se procede al levantamiento parcial de las restricciones contempladas en la
Resolución de 3 de noviembre de 2024 de la Dirección General de Tráfico sobre medidas especiales de ordenación de la circulación en las vías de acceso a la Ciudad de Valencia con motivo del colapso de la estructura de paso de la autovía del mediterráneo A-7 (km
336,850)
En este sentido, se informa que la Dirección General de Tráfico ha estimado conveniente levantar parcialmente las restricciones a la circulación de vehículos de transporte de mercancías en general de más de 7.500 kg de MMA, expresadas en el punto 1º de la citada Resolución, en los siguientes tramos y horarios:
Días laborables (de lunes a viernes, sólo de 22h a 6 horas):
-AP-7 Norte, desde el km 465,5 en Almenara (Límite Provincial
Castellón-Valencia) hasta el km 480 en Puzol (Inicio by-pass
norte Valencia) en sentido creciente (o sea, direccion sur)
-A-7 (by-pass norte Valencia) desde el km 307 en Puzol (Inicio by-pass norte Valencia) hasta el km 336 (Enlace autovía A-3), también en sentido creciente ( o sea, dirección sur)
Se significa que el levantamiento de restricciones afecta en el horario especificado, al sentido creciente de las autovías AP-7 y A-7 entre los puntos kilométricos determinados, con desvío obligatorio en el punto kilométrico 336 (enlace con A-3) para seguir por la autovía A-3 en sentido decreciente hacia Madrid.
La vigencia de esta excepcionalidad tendrá lugar desde 22:00 horas del miércoles día 6 de noviembre de 2024 prolongándose por el periodo necesario hasta la restitución de capacidad en el by-pass de la A-7, salvo que, constatada esta medida de levantamiento de restricciones, aconseje su suspensión.
Por otra parte, se precisa que se mantendrán el resto de las restricciones
contempladas en la mencionada Resolución.